MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE INICIATICAVA CIUDADANA POR PARACUELLOS (ICxP) PARA QUE EL AYUNTAMIENTO INCORPORE EN LA ORDENANZA MUNICIPAL LA LEY OMNIBUS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y PODER OBTENER LA LICENCIA PRELIMINAR DE UNA OBRA MAYOR CON UNA DECLARACIÓN RESPONSABLE MEDIANTE EL CONCURSO OPTATIVO DE UNA ECU (ENTIDAD DE CONTROL URBANÍSTICO)
El Grupo Municipal ICxP en el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, conforme a lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, desea elevar al Pleno Municipal la siguiente Moción
Incorporar en nuestra ordenanza municipal la herramienta que concede la Comunidad Autónoma de Madrid, a través de la ley OMNIBUS, para agilizar los trámites administrativos. Esta ley ya se ha implementado en varios municipios, entre ellos en el Ayuntamiento de Madrid, y, entre otras cosas, permite obtener una licencia preliminar para el inicio de obra mayor mediante el concurso optativo de una ECU (Entidad de control urbanístico) acreditada por la propia Comunidad.
La ECU emitiría un informe previo de conformidad urbanística del proyecto con la normativa para que, mediante una Declaración Responsable, se conceda una licencia preliminar que permita el inicio de las obras, sujetas siempre a la posible inspección de los técnicos municipales, que finalmente otorgarían una licencia definitiva y la posterior licencia de primera ocupación al finalizar la obra, tal y como se viene haciendo hasta ahora en su trámite final.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 22 de diciembre de 2022, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó la LEY 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, en la que se recogía como uno de sus ejes principales la “simplificación normativa en el ámbito de la Comunidad de Madrid y la reducción de los trámites burocráticos (…) agilizando de manera muy sustancial el plazo de tramitación de estos instrumentos, cuya aprobación permite la inmediata obtención de licencia y ejecución de obras o implantación de las actividades objetos de estos”.
En el art. 155 de la ley OMNIBUS se recogen los actos sometidos a la declaración responsable urbanística.
El art. 156 hace referencia al Contenido de las declaraciones responsables urbanísticas, y menciona expresamente en su punto 1., que “Los ayuntamientos regularán mediante ordenanza el contenido de las declaraciones responsables urbanísticas. De igual forma, deberán aprobar modelos normalizados de declaración responsable urbanística que deberán estar a disposición de los interesados”.
El art, 157. Establece el Régimen y efectos de las declaraciones responsables urbanísticas.
El art, 158. Regula los plazos y caducidad de las licencias y las declaraciones responsables urbanísticas.
Y, por último, el art. 159 habla del Procedimiento de control posterior de las declaraciones responsables urbanísticas. También en su punto 1, expresa que “Las declaraciones responsables serán objeto necesariamente de control posterior por el ayuntamiento o sus entidades colaboradoras a las que se refiere las Disposiciones Adicionales primera y segunda de esta Ley”.
Desde ICxP creemos que la ley OMNIBUS de la Comunidad de Madrid, regula y deja vía libre a los ayuntamientos para agilizar los trámites a los vecinos que quieran construir su vivienda y obtener la licencia de obra mayor, y ahorra tiempo y trabajo a los técnicos municipales.
Desde hace años, el ayuntamiento de Paracuellos de Jarama tiene un déficit considerable de técnicos en el departamento de urbanismo, lo que hace que las licencias de obra mayor se retrasen más allá de un tiempo razonable, y no se pueda ofrecer el servicio idóneo para un municipio en constante expansión. Una de las soluciones necesarias sería regular en la ordenanza municipal la autorización para la gestión a través de una ECU (Entidades Colaboradoras Urbanísticas), que son empresas privadas debidamente habilitadas para colaborar en la realización de actuaciones de verificación, inspección y control de la normativa urbanística municipal. La intervención a través de una ECU siempre sería voluntaria, y el propio vecino o promotor decidirá si desea gestionar su solicitud directamente ante el ayuntamiento o a través de una ECU autorizada por la Comunidad de Madrid.
Con esta fórmula, el ayuntamiento facilitaría el trabajo al titular de la parcela, se agilizarían los trámites para el inicio de las obras evitando los desequilibrios presupuestarios que se generan con el transcurso del tiempo entre la solicitud y la concesión de la licencia, ayudaría a descongestionar el ayuntamiento administrativamente, se dinamizaría la economía, se evitaría la especulación, se reducirían las obras fuera de normativa, se controlaría el vertido de residuos ilegales, etc.
PROPUESTA DE ACUERDO PLENARIO
Incorporar en la ordenanza municipal la Ley OMNIBUS, de la Comunidad de Madrid para poder obtener la licencia preliminar de una obra mayor con una declaración responsable mediante el concurso optativo de una ECU (Entidad de Control Urbanístico) acreditada por la Comunidad de Madrid.