MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE INICIATICAVA CIUDADANA POR PARACUELLOS (ICxP) SOLICITANDO QUE SE LLEVE A EFECTO DE MANERA INMEDIATA Y URGENTE EL ACUERDO PLENARIO PARA LA ELIMINACIÓN O SUSTITUCIÓN DE LOS BOLARDOS EN LA CALLE CHORRILLO ALTA

El Grupo Municipal ICxP en el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, conforme a lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, desea elevar al Pleno Municipal la siguiente Moción:

Solicitar al equipo de gobierno que se lleve a efecto de manera urgente e inmediata el acuerdo plenario adoptado el 24 de enero de 2023, por el que se aprobó la eliminación o sustitución de los bolardos y elementos peligrosos que se han instalado en la obra de remodelación de la calle Chorrillo Alta, por su peligrosidad y por los numerosos accidentes de coches y de peatones que está provocando.

MOTIVO DE LA URGENCIA

En el mes de enero de 2023 se aprobó en pleno, con los votos a favor de la mayoría de los partidos políticos que entonces formaban el consistorio municipal, una moción presentada por ICxP para la sustitución o eliminación de los bolardos colocados en la calle Chorrillo Alta, sin que este acuerdo plenario se haya llevado a efecto nueve meses después, mientras continúan produciéndose accidentes y lesiones constantemente.

Entonces la  moción presentada por ICxP, y que por desgracia continúa vigente, decía lo siguiente: Desde que se iniciaron las obras de la calle Chorrillo Alta, se han producido numerosos lesiones entre los peatones por culpa de unos pivotes o bolardos que están incrustados en la acera de manera peligrosa, que no solo impide el paso normal de los viandantes, sino que por su baja altura y poca visibilidad está provocando numerosos accidentes de tráfico, especialmente por la noche cuando en zonas de poca iluminación impiden su visibilidad. Por si esto fuera poco, creemos que no se adapta a la normativa recogida en el Real Decreto 173/2010 que modifica el Código Técnico de la Edificación de CTE y la Orden de 20 de abril, sobre la normativa de instalación de bolardos.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El diccionario de la Real Academia Española define bolardo como el poste de hierro colado o de otra materia hincado en el suelo y destinado a impedir el paso o aparcamiento de vehículos.

Y la normativa de instalación de bolardos se recoge en el Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y en la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero. Y dice lo siguiente:

– La altura de los bolardos instalados en áreas de uso peatonal será entre 0,75 y 0,90m.

– El ancho y diámetro del bolardo mínimo será de 10 cm.

– Los bolardos deben tener un diseño redondeado y sin aristas.

– El color deberá contrastar con el pavimento en toda la pieza o como mínimo en su tramo superior, asegurando su visibilidad en horas nocturnas.

– Los bolardos se ubicarán de forma alineada, y en ningún caso podrá invadir el itinerario peatonal accesible ni reducirán su anchura en los cruces u otros puntos del recorrido.

Creemos que los elementos que se han instalado en la calle Chorrillo Alta no cumple la mayoría de estas características y esto supone que sucedan accidentes diarios, tanto de personas como de vehículos.

PROPUESTA DE ACUERDO plenario

El grupo municipal de Iniciativa Ciudadana por Paracuellos (ICxP) insta al equipo de gobierno a que lleve a efecto de manera urgente e inmediata el acuerdo plenario adoptado por mayoría absoluta el pasado 24 de enero para eliminar o sustituir los bolardos que se han instalado en la calle Chorrillo Alta por los daños que está provocando y evitar no sólo lesiones personales y daños materiales, sino  las denuncias por responsabilidad civil que tendrá que afrontar el Ayuntamiento.