I.ÍNDICE:

1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

2.- DAR CUENTA DE DECRETOS DE ALCALDÍA

3.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACION DE LA RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO MUNICIPAL DE BIENES Y DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA A 31 DE DICIEMBRE DE 2012

4.- ACUERDO SI PROCEDE REALITVO A APROBACIÓN PROVISIONAL DE MODIFICACIÓN DE LA “ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN”

5.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO, A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE MODIFICACIÓN DE LA “ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES”

6.- ACUERDO SI PROCEDE, RELATIVO A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE MODIFICACIÓN DE LA “ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE CARÁCTER CULTURAL”

7.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN INICIAL DE MODIFICACIÓN DE LA “ORDENANZA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL” PARA LA INCLUSIÓN DE NUEVOS FICHEROS EN LA MISMA”

8.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN INICIAL DE LA “ORDENANZA REGULADORA DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN Y USO DE LOS TERRENOS MUNICIPALES DESTINADOS A HUERTOS DE OCIO EN EL MUNICIPIO DE PARACUELLOS DE JARAMA”

9.- DAR CUENTA DE LA RENUNCIA PRESENTADA POR D. SANTOS MIÑAMBRES DE MANERA VOLUNTARIA, A LOS DERECHOS ECONÓMICOS, ES DECIR, LA PERCEPCIÓN DE UN SUELDO, DERIVADOS DEL EJERCICIO DEL CARGO DE CONCEJAL DE HACIENDA, INFRAESTRUCTURAS, SEGURIDAD Y PROCTECCIÓN CIVIL

10.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA DEPOSITADA EN EL PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN DE LA PARCELA RESIDENCIAL DE PROPIEDAD MUNICIPAL BA-02 DEL SECTOR 11 “CERRO DOMINGO VICENTE” DEL PGOU DE PARACUELLOS DE JARAMA, A HERCESA INMOBILIARIA, CONSTITUIDA POR DOS AVALES BANCARIOS

11.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA DEPOSTIVADA PARA RESPONDER DE LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, POR LA EMPRESA DRAGADOS S.A., ADJUDICATARIA DEL CONTRARO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE 54 VIVIENDAS DE VPPB, GARAJES Y TRASTEROS EN LA PARCELA BA¬-10 DEL SECTOR 3 “EL TRIBUNILLO”

RUEGOS Y PREGUNTAS

II. RESUMEN DEL PLENO

1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
Aprobado por mayoría.

2.- DAR CUENTA DE DECRETOS DE ALCALDÍA.
No se realizó ningún comentario.

3.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACION DE LA RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO MUNICIPAL DE BIENES Y DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA A 31 DE DICIEMBRE DE 2012
Se presenta la rectificación de bienes inmuebles según marca el procedimiento legislativo. Como una de las novedades más destacadas se incluye el alta de los Caminos del Término Municipal.

Votaciones:
– A favor: 11 (Equipo de Gobierno) 1 (IU) 1 (UPyD) 1 (PSOE)
– En contra: 2 (UxP)
– Abstenciones:

4.- ACUERDO SI PROCEDE REALITVO A APROBACIÓN PROVISIONAL DE MODIFICACIÓN DE LA “ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN”
Se lleva una propuesta para poder realizar el fraccionamiento del pago del IBI en 4 cuotas y la bonificación de la domiciliación bancaria pasarla del 2 al 3%

Votación del voto particular de IU sobre enmienda de incrementarlo al 5% la bonificación y modificar el artículo nº7
– A favor: 1(IU), 1(PSOE), 2 (UxP)
– En contra: 11 (Equipo de Gobierno)
– Abstenciones: 1 (UPyD)

Votación del punto:
– A favor: 11 (Equipo de Gobierno), 1 (UPyD)
– En Contra:
– Abstenciones: 1 (IU), 1 (PSOE), 2 (UxP)

5.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO, A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE MODIFICACIÓN DE LA “ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES”
Se aprueba una serie de modificaciones en dicha ordenanza que en definitiva son las que regulan las bases de este impuesto:
– Modificar párrafo 4 del artículo 7, quedando de la siguiente manera:
La solicitud de esta bonificación, que se concederá a petición del interesado, deberá presentarse antes del 1 de marzo del ejercicio en que se desee hacer efectiva la bonificación, debiendo renovarse anualmente con las mismas condiciones y requisitos. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
DNI del solicitante
Título de familia numerosa expedido por la CAM
Contrato de arrendamiento si la vivienda es de titularidad pública.
Los datos del padrón serán comprobados por el propio órgano de gestión tributaria.

– Modificar el apartado 2 del artículo 17, periodo cobratorio. Quedando de la siguiente manera:
2. Con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria, mediante la aprobación del “Calendario Fiscal” se podrá prever un “sistema especial de pago” basado en la distribución de la cuota tributaria hasta en cuatro plazos de idéntico porcentaje y poseyendo cada una la consideración de pago a cuenta, compatible asimismo con la bonificación señalada en el apartado 7 el artículo 35 de la ordenanza General de Gestión Inspección y recaudación.
Fijado el precitado sistema especial de pago con ocasión de la aprobación del “Calendario Fiscal”, los contribuyentes que tengan domiciliados los tributos acogidos a este sistema, quedarán automáticamente adheridos al mismo, salvo manifestación fehaciente en contrario con una antelación mínima de dos meses al pago de la primera de las cuotas o al inicio del periodo de pago en voluntaria del tributo que corresponda si comenzara antes del vencimiento de la primera de aquellas.
Si por causas imputables al interesado no se hiciera efectivo a su vencimiento el importe de cualquiera de los plazos, devendrá inaplicable automáticamente este sistema especial de pago para las subsiguientes cuotas. En tal supuesto, si el impago se produce estando constante el periodo de pago ordinario y voluntario, el importe total del impuesto, a excepción en su caso de la cuotas pagadas, se exigirá por vía ejecutiva siempre que el sujeto pasivo no hubiere satisfecho la deuda en su totalidad dentro del precitado periodo de pago voluntario. Si, por el contrario, el impago tiene lugar una vez expirado el periodo ordinario y en voluntaria de pago, se iniciará el periodo ejecutivo respecto de las cuotas pendientes.

– Supresión de apartados 3 a 5 del artículo 17.

– Modificar el párrafo segundo del apartado G del anexo del reverso en Anexo I, quedando de la siguiente manera:
Para disfrutar de dicha bonificación, el sujeto pasivo deberá presentar esta solicitud desde el 1 de noviembre del año anterior al ejercicio de efecto hasta antes del 1 de marzo de dicho ejercicio, debiendo renovarse anualmente con las mismas condiciones y requisitos. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
DNI del solicitante
Título de familia numerosa expedido por la CAM con anterioridad a 1 de enero del ejercicio cuya bonificación solicita.
Contrato de arrendamiento si la vivienda es de titularidad pública.

Los datos del padrón serán comprobados por el propio órgano de gestión tributaria.

– Modificación artículo 8, Requisitos formales, quedando de la siguiente manera:
La solicitud de las exenciones rogadas y de las bonificaciones ofrecidas tanto en los artículos 6.2 y 7 de esta ordenanza como en cualquier otra norma de carácter especial, deberá formalizarse antes de la fecha de devengo del impuesto para el ejercicio en que se desee hacer efectivas, con las especialidades que figuran en los citados artículos reglamentarios, y en el modelo que figura en los requisitos formales por resolución del Alcalde o del órgano en quien delegue, publicándose en ese caso a través de la web municipal.

Se realiza la votación del voto particular de IU a las siguientes enmiendas:
1. artículo 6.1 c, añadir a continuación del punto y seguido: “Esta exención no es aplicable a los bienes inmuebles no dedicados al culto religioso”

– A favor: 1 (IU), 1 (UPyD), 2 (UxP)
– En contra: 11 (Equipo de Gobierno)
– Abstenciones: 1 (PSOE)

2. Artículo 7.4, quitar el último párrafo: “Este beneficio fiscal no es compatible con los demás citados en el presente artículo…”

– A favor: 1 (IU), 2 (UxP), 1 (PSOE)
– En contra: 11 (Equipo de Gobierno)
– Abstenciones: 1 (UPyD)

3. Añadir artículo 7.5: “A los efectos de este impuesto, tendrán la consideración asimilable a la de familia numerosa, los parados de duración superior a un año, los jubilados y los pensionistas, que gozarán de una bonificación de la cuota íntegra del impuesto en relación con el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y con el valor catastral del inmueble objeto del impuesto, con arreglo a la siguiente escala: a) Bonificación del 100% si el valor catastral no supera los 170.000 euros y los ingresos de la unidad familiar no superan 2 veces el IPREM; b) Bonificación del 80% si el valor catastral no supera 170.000 euros y los ingresos de la unidad familiar no supera 3 veces el IPREM; c) Bonificación del 50% si el valor catastral no supera los 285.000 euros y los ingresos de la unidad familiar no supera 3,5 veces el IPREM; d) Bonificación del 20% si el valor catastral supera los 285.000 euros y los ingresos de la unidad familiar no supera 3,5 veces el IPREM;

– A favor: 1 (IU), 1 (UPyD), 2 (UxP), 1 (PSOE)
– En contra: 11 (Equipo de Gobierno)
– Abstenciones:

4. Añadir artículo 7.6: Podrán solicitar una bonificación del 50 por 100 de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.

– A favor: 1 (IU), 2 (UxP), 1(PSOE)
– En contra: 11 (Equipo de Gobierno)
– Abstenciones: 1 (UPyD)

5. Añadir artículo 7.7. “Serán compatibles y por tanto acumulables hasta un máximo del 100% en la cuota íntegra del impuesto, las bonificaciones recogidas en los apartados 2, 4, 5 y 6 del artículo 7;

– A favor: 1 (IU), 1 (PSOE), 2 (UxP)
– En contra: 11 (Equipo de Gobierno)
– Abstenciones: 1 (UPyD)

6. Modificación del art. 12. Tipo de gravamen. Añadir un apartado d) Para los bienes inmuebles de naturaleza urbana que tengan la consideración de viviendas desocupadas durante al menos tres años, se fija en el 0,70 por 100.

– A favor: 1 (IU), 1 (PSOE), 2 (UxP)
– En contra: 11 (Equipo de Gobierno)
– Abstenciones: 1 (UPyD)

Votación del punto:
– A favor: 11 (Equipo de Gobierno)
– En Contra: 2 (UxP)
– Abstenciones: 1(IU), 1 (PSOE), 1 (UPyD)

6.- ACUERDO SI PROCEDE, RELATIVO A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE MODIFICACIÓN DE LA “ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE CARÁCTER CULTURAL”.
Se lleva a Pleno una propuesta aprobada en Mesa de Negociación colectiva con todos los sindicatos, en donde se solicitaba un descuento para los empleados de un 30% en la actividades y cursos de carácter cultural.

Votaciones:
– A favor: 11 (Equipo de Gobierno)
– En Contra: 1 (UPyD)
– Abstenciones: 1 (IU), 1 (PSOE), 2 (UxP)

7.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN INICIAL DE MODIFICACIÓN DE LA “ORDENANZA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL” PARA LA INCLUSIÓN DE NUEVOS FICHEROS EN LA MISMA”
Se trata de una modificación con el motivo de la instalación del nuevo sistema de gestión integral de la Policía Local (Gespol VI) en el que se hacen referencia a datos especialmente protegidos, como las actuaciones policiales, o aquellas relacionadas con las gestiones administrativas de la Policía Local.

Votaciones:
– A favor: 11 (Equipo de Gobierno), 1 (UPyD), 2 (UxP), 1 (PSOE)
– En Contra:
– Abstenciones: 1 (IU)

8.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN INICIAL DE LA “ORDENANZA REGULADORA DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN Y USO DE LOS TERRENOS MUNICIPALES DESTINADOS A HUERTOS DE OCIO EN EL MUNICIPIO DE PARACUELLOS DE JARAMA”
Se aprueba inicialmente la Ordenanza para la adjudicación de los huertos Municipales.

Votaciones:
– A Favor: 11 (Equipo de Gobierno), 1(UPyD), 1 (IU), 1 (PSOE)
– En Contra:
– Abstenciones: 2 (UxP)

9.- DAR CUENTA DE LA RENUNCIA PRESENTADA POR D. SANTOS MIÑAMBRES DE MANERA VOLUNTARIA, A LOS DERECHOS ECONÓMICOS, ES DECIR, LA PRECEPCIÓN DE UN SUELDO, DERIVADOS DEL EJERCICIO DEL CARGO DE CONCEJAL DE HACIENDA, INFRAESTRUCTURAS, SEGURIDAD Y PROCTECCIÓN CIVIL.
Es un punto informativo en cual no requiere votación. En donde el Concejal D. Santos Miñambres renuncia a su salario de Concejal de forma voluntaria, por ser incompatible con la pensión por jubilación.

10.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA DEPOSITADA EN EL PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN DE LA PARCELA RESIDENCIAL DE PROPIEDAD MUNICIPAL BA-02 DEL SECTOR 11 “CERRO DOMINGO VICENTE” DEL PGOU DE PARACUELLOS DE JARAMA, A HERCESA INMOBILIARIA, CONSTITUIDA POR DOS AVALES BANCARIOS.
Se trata de un trámite para realizar la devolución de la garantía del proceso al que hace referencia.

Votaciones:
– A favor: Toda la corporación

11.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA DEPOSTIVADA PARA RESPONDER DE LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, POR LA EMPRESA DRAGADOS S.A., ADJUDICATARIA DEL CONTRARO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE 54 VIVIENDAS DE VPPB, GARAJES Y TRASTEROS EN LA PARCELA BA-10 DEL SECTOR 3 “EL TRIBUNILLO”
Se trata de un trámite para realizar la devolución de la garantía del proceso al que hace referencia.

Votaciones:
– A favor: Toda la corporación

PUNTOS URGENTES:
IU. Punto relativo al rechazo de la LOMCE y el apoyo a la huelga de Educación.
Se comenta que no se considera urgente porque no es un punto de competencia Local

Votaciones a la urgencia:

– A favor: 1 (IU), 1 (PSOE), 2 (UxP)
– En contra: 11 (Equipo de Gobierno)
– Abstenciones: 1 (UPyD)

IU. Punto relativo a la petición de reprobación de la Alcaldesa de Quijorna por la violación de la Ley de memoria Histórica, mediante el uso de recursos públicos:
Se comenta que no se considera urgente porque no es un punto de competencia de éste Ayuntamiento.

Votaciones a la urgencia:

– A favor: 1 (IU), 1 (PSOE), 2 (UxP)
– En contra: 11 (Equipo de Gobierno)
– Abstenciones: 1 (UPyD)

IU. Punto relativo al rechazo al proyecto de Ley de la reforma de la Administraciones Locales.
Se comenta que no se considera urgente porque ahora mismo la Ley no está aprobada, se encuentra en tramitación parlamentaria y que pueden presentar alegaciones en el ámbito correspondiente, que no es el Local.

Votaciones a la urgencia:

– A favor: 1 (IU), 1 (PSOE), 2 (UxP), 1 (UPyD)
– En Contra: 6 (Equipo de Gobierno concejales PP)
– Abstenciones: 5 (Equipo de Gobierno concejales ICxP)

IU. Punto de apoyo y solidaridad con los trabajadores de la empresa PANRICO:
Se comenta que durante el Pleno, el Equipo de Gobierno manifestó su apoyo y solidaridad con los trabajadores y familias afectadas por la situación que está pasando la empresa PANRICO afincada en Paracuellos de Jarama y que no se considera urgente por volver a ser reiterativo.

Votaciones a la urgencia:
– A favor: 1 (IU), 2 (UxP), 1 (PSOE), 1 (UPyD)
– En contra; 11 (Equipo de Gobierno)

UPyD. Presenta el mismo punto anterior que IU en términos parecidos sobre los trabajadores de PANRICO.
Se comenta lo mismo.

Votaciones a la urgencia:
– A favor: 1 (IU), 2 (UxP), 1 (PSOE), 1 (UPyD)
– En Contra: 11 (Equipo de Gobierno)

III. RUEGOS Y PREGUNTAS

– Ver el resumen diferido del Pleno:

http://www.paracuellosdejarama.es/servicios-municipales/participacion-ciudadana/visualizacion-de-plenos/pleno-ord-de-julio-de-2013