ICXP: RESUMEN DEL PLENO ORDINARIO DEL 23 DE OCTUBRE DE 2012

I.-INDICE:

1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

2.- DAR CUENTA DE DECRETOS DE ALCALDÍA.

3.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.

4.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO.

5.-ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL.

6.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN.

7.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO MUNICIPAL DE BIENES Y DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA A 31 DE DICEMBRE DE 2011.

8.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA SOLICITUD A LA COMUNIDAD DE MADRID, DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN LOCAL, DE LA CREACIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE COLABORACIÓN INMEDIATA A LAS FUNCIONES DE SECRETARÍA E INTERVENCIÓN, DE VICESECRETARÍA DENTRO DE LA SUBESCALA QUE PROCEDA.

9.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA SOLICITUD A LA COMUNIDAD DE MADRID, DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN LOCAL, DE RECLASIFICACIÓN DEL MUNICIPIO COMO DE CLASE PRIMERA, ASÍ COMO LA CREACIÓN DE UN PUESTO DE TESORERÍA.

10.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÍN INICIAL DE LAS PRESTACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL SEGÚN LO PREVISTO EN EL ART. 9 DEL REAL DECRETO LEY 20/2012 DE 13 DE JULIO.

11.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.

12.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA DECLARACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y GESTIÓN DEL PUNTO LIMPIO.

13.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA SOLICITUD A LA COMUNIDAD DE MADRID, DE BAJA DE LA ACTUACIÓN DE CUBRICIÓN DEL FRONTÓN COMO PARTE DEL PROGRAMA PRISMA 2008-2011.

14.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA SOLICITUD A LA COMUNIDAD DE MADRID DEL ALTA DE LAS SIGUIENTES ACTUACIONES EN EL PROGRAMA PRISMA 2008-201: CUBRICIÓN DE PISTAL DE PÁDEL; CUBRICIÓN DE PARTE DEL GRADERÍO DE LOS NUEVOS VESTUARIOS DEL CAMPO DE FÚTBOL; INSTALACIÓN DE PASOS ELEVADOS FASE 3; ASI COMO DE PONER A DISPOSICIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID LOS TERRENOS DONDE SE PRETENDEN REALIZAR DICHAS OBRAS.

II. RESUMEN DEL PLENO:

1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

 El concejalde IU, D. Germán Basoa, indica que cuando menciono informe jurídico se refería a    informe técnico.

Todos los partidos votaron a favor.

 2.- DAR CUENTA DE DECRETOS DE ALCALDÍA.

 3.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Actualización de la ordenanza para que se tenga en cuenta los vehículos de 9 plazas de uso particular, que antes no estaba regulado.

Cuando un vehículo dispone de una doble aptitud como turismo y como camión, es decir, cuando podrían tributar ya sea por potencia fiscal como carga útil, se da prioridad al destino práctico y particular del mismo, de manera que con carácter general ó supletorio, esos vehículos tributarán como turismos, salvo que los titulares de los mismos puedan acreditar si afecta al transporte de mercancías o a la distribución de las mismas. De esta forma se acaba con la fraudulenta categorización como camión de cualquier vehículo que disponga de esa doble aptitud desde el punto de vista industrial, beneficiando a aquellos que realmente se dedican al transporte de mercancías o actividades y negocios cuyo principal objeto sea la de distribución de las mismas.

A tales efectos, el titular deberá acreditar ante el Ayuntamiento, en el plazo de un mes desde la presentación de la declaración-autoliquidación reguladora en el artículo 12 de esta ordenanza (en caso de querer beneficiarse de la reducción en la mencionada tasa), justificación fehaciente de hallarse el vehículo afecto a alguna actividad tanto empresarial como profesional

VOTACIONES:

A favor:Equipo de Gobierno (12), UPyD (1), IU (1).
Abstención: UxP (2), PSOE (1).

4.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO.

Se va a adaptar la ordenanza a la nueva legislación, eliminando trámites burocráticos para montar una empresa.

Las tasas no varían con respecto de las anteriores, pero lo que si se suprime es la correspondiente a la licencia de funcionamiento, que no será precisa en la mayoría de los casos, como por ejemplo en todas las actividades de comercio minorista y otros hasta 300 metros.

Con esta medida, la iniciación de una actividad empresarial o profesional se verá resuelta conmayor agilidad puesto que se eliminan algunas actuaciones burocráticas

VOTACIONES:

A favor:Equipo de Gobierno (12), UPyD (1).
En contra: UxP (2), PSOE (1), IU (1).

5.-ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL

Se regulan los entierros de habitantes que no sean del municipio, y se ponen unas tasas adecuadas al coste del servicio que se ofrece, además de las nuevas inversiones que se han hecho (arreglos, nuevo techo, etc.). Se han actualizado los precios en general, menos del IVA, desde la última vez que se revisaron las tasas

El método de cuantificación de esta tasa lo constituye el coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate, en su defecto, el valor de la prestación recibida. Así pues, se recurre a la deducción del coste de los materiales constructivos, empleo de medio de transporte de cadáveres y restos dentro del propio cementerio, empleo de medios auxiliares y maquinaria de obras y, sobre todo, el concurso personal de aquellos empleados municipales necesarios para la realización de inhumaciones, exhumaciones, reducción de restos, traslados, servicio de tabicado, así como la colocación o retirada de lápidas

Para determinar el coste de estos servicios descritos, se ha aportado la información por parte del departamento técnico en de obras aludiendo en todo caso también al incremento en el IPC

Se vota la propuesta sugerida por El PSOE de dejar el punto sobre la mesa:

A favor:IU (1), UxP (2), PSOE (1).
En contra:Equipo de Gobierno (12).
Abstención:UPyD (1).

Se vota el punto presentado por el Equipo de Gobierno:

A favor:Equipo de Gobierno (12).
En contra:IU (1), UxP (2), PSOE (1).
Abstención:UPyD (1).

6.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN.

La falta de suficiencia práctica de las medidas normativas que fueron tomadas a comienzos de año,en consecuencia con la acuciante situación de falta de liquidez real y que en muchos de los casos experimentan las familias y las empresas, aconsejan la adopción inmediata de medidas urgentes que flexibilicen y faciliten a aquellas el poder acogerse sin trabas y sin mayores consecuencias onerosas a los fraccionamientos y aplazamientos de deuda.

Por tanto y por lo anteriormente expresado, la deuda tributaria que se encuentre en periodo voluntario o ejecutivo, cuando el importe sea superior a 300,00 €, podrán aplazarse o fraccionarse, previa solicitud del obligado tributario, cuando su situación económico-financiera le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos.

VOTACIONES:

A favor: 17 (Todos).

7.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO MUNICIPAL DE BIENES Y DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA A 31 DE DICIEMBRE DE 2011.

Durante el pleno se destacan algunos fallos en el expediente, por lo que se retira el punto por unanimidad.

8.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA SOLICITUD A LA COMUNIDAD DE MADRID, DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN LOCAL, DE LA CREACIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE COLABORACIÓN INMEDIATA A LAS FUNCIONES DE SECRETARÍA E INTERVENCIÓN, DE VICESECRETARÍA DENTRO DE LA SUBESCALA QUE PROCEDA.

Solicitud a la CAM de un puesto de Vicesecretaria (de habilitación nacional)

Debido al crecimiento de la población y al incremento de la labor fiscalizadora obligada por la nueva legislación, es necesario cubrir este puesto y atender todas las obligaciones legales. Esta plaza ya estaba prevista en los presupuestos, pero como es un puesto de Habilitación Nacional, la competencia corresponde a la CAM y no al Ayuntamiento, y por tanto procede la petición de que se cubra el puesto.

VOTACIONES:

A favor:Equipo de Gobierno (12), UPyD (1).
En contra:IU (1), PSOE (1).
Abstención: UxP (2).

9.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA SOLICITUD A LA COMUNIDAD DE MADRID, DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN LOCAL, DE RECLASIFICACIÓN DEL MUNICIPIO COMO DE CLASE PRIMERA, ASÍ COMO LA CREACIÓN DE UN PUESTO DE TESORERÍA.

Caso parecido al anterior, pero esta vez con una obligación legal: al pasar de 20.000 habitantes, nos convertimos en Municipio de clase primera, por lo que es necesario tener un puesto de Tesorero de Habilitación Nacional, algo que no tenemos ahora mismo.

Se presenta un informe de la población censada en el municipio a 8 de Octubre, que es de más de 21.100 habitantes, por lo que ya hemos pasado de la población requerida.

Este puesto también estaba ya contemplado en la Plantilla de Personal aprobada con los Presupuestos Municipales, pero como no es competencia del municipio la provisión del puesto y nombramiento, sino de la CAM, procede la petición de que se cubra el puesto.

VOTACIONES:

A favor:Equipo de Gobierno (12), UPyD (1).
En contra:PSOE (1).
Abstención: UxP (2), IU (1).

10.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN INICIAL DE LAS PRESTACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL SEGÚN LO PREVISTO EN EL ART. 9 DEL REAL DECRETO LEY 20/2012 DE 13 DE JULIO.

Debido a la aprobación de un Real Decreto de Julio, los empleados municipales no percibirán el 100% de sus retribuciones en situación de incapacidad temporal, dando un plazo de 3 meses para que los ayuntamientos decidancómo y en qué condiciones, pueden complementar esas retribuciones hasta el 100%, en las situaciones en las que deja la ley.

Se ha realizado una negociación colectiva con todos los agentes sociales (sindicatos, mesa de negociación, etc.), y se ha llegado a un acuerdo que sanciona los supuestos más ventajosos para los trabajadores, apurando las posibilidades que marca la ley, y haciéndose cargo el Ayuntamiento del pago de las cantidades máximas previstas por la ley

VOTACIONES:

A favor:Equipo de Gobierno (12), UPyD (1), UxP (2), IU (1).
En contra:
Abstención: PSOE (1).

11.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.

Esta será una herramienta que dotará de mayor agilidad a los Ayuntamientos para poder conceder licencias de apertura, puesto que se eliminan (al amparo del R.D. Ley 19/2012), determinadas burocracias, lentas y tediosas, que en muchos de los casos pueden verse prolongadas en el tiempo, la concesión de una Licencia de Apertura.

El Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama mediante la presente Ordenanza pretende facilitar y facultar la puesta en marcha de actividades económicas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, de forma que las mismas puedan iniciarse sin previa licencia municipal, desde el mismo día de la presentación de la declaración responsable o comunicación previa, según proceda, sin necesidad de someter el ejercicio de actividades al control previo municipal, manteniendo no obstante en tales casos el control posterior que corresponde al Ayuntamiento.

A tal efecto, la presentación de la Declaración Responsable tendrá dos tipos de procedimiento: CON certificado de conformidad / SIN certificado de conformidad

VOTACIONES:

A favor:Equipo de Gobierno (12), UPyD (1).
En contra:IU (1), UxP (2), PSOE (1).
Abstención:

12.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA DECLARACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y GESTIÓN DEL PUNTO LIMPIO.

La empresa Valoriza presentó la oferta más ventajosa del concurso, el cual es de 5 años de duración, con un precio de salida de algo más de 7 millones de euros.Apertura del punto limpio 40 horas semanales, incluyendo la apertura de 4 domingos y servicio de vídeo-vigilancia. Para facilitar la vida a los usuarios evitando su desplazamiento, se pondría un punto limpio móvil 1 día a la semana.

Mejoras: Reparación del 80% de los contenedores exteriores, además de la incorporación de 10 contenedores de 3.600 litros, todos ellos con limpieza semanal. Modificación de los cabezales de los contenedores soterrados incrementando el ancho del buzón hasta 1 metro, para mayor facilidad de uso, reforzando limpieza de bolsas dispersas y las zonas adyacentes con un vehículo de caja y un operario en turno de tarde.

Creación de un equipo de emergencia para actuar en 24horas en aquellas situaciones que la urgenciaen lalimpiezaasílo requiera, disponible las 24 horas al día durante los 365 días al año, con un servicio de atención telefónica gratuito para los ciudadanos y sin coste alguno para las arcas municipales.

Mejora sustancial del mantenimiento de las instalaciones y áreas caninas. Así como laincorporación de 4 operarios más.

Con todo esto se ha conseguido ahorrar en 800.000€ el contrato anterior.

VOTACIONES:

A favor:Equipo de Gobierno (12), UPyD (1), IU (1), UxP (1), PSOE (1).
En contra:
Abstención: UxP (1).

13.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA SOLICITUD A LA COMUNIDAD DE MADRID, DE BAJA DE LA ACTUACIÓN DE CUBRICIÓN DEL FRONTÓN COMO PARTE DEL PROGRAMA PRISMA 2008-2011

El proyecto de cubrición de la pista de frontón aprobado por el anterior equipo de gobierno, no pudo llevarse a cabo porque la empresa adjudicataria entró en quiebra. La pasividad de los anteriores gestores ante este hecho llevaba a la pérdida de más de medio millón de euros en actuaciones bajo el programa PRISMA.

Se ha realizado un esfuerzo importante para conseguir negociar con la Comunidad de Madrid el poder dar de baja ésta actuación y re-emplazarla por otras actuaciones similares.

VOTACIONES:

A favor:Equipo de Gobierno (12), UPyD (1).
En contra:IU (1), UxP (2), PSOE (1).
Abstención:

14.- ACUERDO SI PROCEDE RELATIVO A LA SOLICITUD A LA COMUNIDAD DE MADRID DEL ALTA DE LAS SIGUIENTES ACTUACIONES EN EL PROGRAMA PRISMA 2008-201: CUBRICIÓN DE PISTAS DE PÁDEL; CUBRICIÓN DE PARTE DEL GRADERÍO DE LOS NUEVOS VESTUARIOS DEL CAMPO DE FÚTBOL; INSTALACIÓN DE PASOS ELEVADOS FASE 3; ASI COMO DE PONER A DISPOSICIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID LOS TERRENOS DONDE SE PRETENDER REALIZAR DICHAS OBRAS.

Las dos últimas son peticiones directas de los vecinos, la primera es una manera de rentabilizar las pistas de pádel y dar un mejor servicio y mejorar su utilización. Además las clases se podrán impartir con lluvia. Aunque la gestión sea privada, los ingresos en parte son públicos, y esto ayudará a las maltrechas arcas municipales.

El PSOE hace una propuesta que es inviable: invertir ese dinero en un instituto público. Esta opción no es factible al tratarse de una competencia de la CAM y no municipal. Además no se trata de construir el edificio, si no de dotarle de profesores e infraestructuras que debería ser asumido por el Ayuntamiento, si no se encarga la CAM. Incluso para hacer sólo el edificio, no daría la partida presupuestaria. El resto de la oposición opina que es inviable y que no es competencia del Ayuntamiento.

Primero se vota la propuesta del PSOE:

A favor:IU (1), PSOE (1).
En contra:Equipo de Gobierno (12).
Abstención: UxP (2), UPyD (1).

Votaciones al punto:

A favor:Equipo de Gobierno (12), UPyD (1).
En contra:UxP (2), PSOE (1).
Abstención:IU (1).

Puntos urgentes:

UxP presenta dos puntos urgentes:

1.- Debido a que se ha tenido que pedir la devolución de parte de los salarios cobrados por los trabajadores de este Ayuntamiento, y que no tienen la culpa de nada, se propone que no se les aplique la reducción de la paga extra.

El concejal de RR.HH. explica que efectivamente se ha tenido que pedir legalmente la devolución de salarios de parte de los trabajadores, porque el anterior gobierno hizo algo ilegal en los dos últimos años al no aplicar un Real Decreto de junio de 2010.

Efectivamente esto supone un perjuicio importante a los trabajadores, que tienen que devolver un dinero mal cobrado, sin que ellos lo supieran, por culpa de una mala gestión del gobierno anterior.

Lo que proponen ahora es seguir con las ilegalidades, que tarde o temprano se pagan: no aplicar el Real Decreto por el cual se elimina la paga de Navidad.

Evidentemente, esto no se puede ni debatir al ser ilegal.

Votos a la urgencia:

A favor:UxP (2), PSOE (1), IU (1).

En contra:Equipo de Gobierno (12).

Abstención:UPyD (1).

2.- Establecer que los políticos del Ayuntamiento tampoco cobren la paga extra de diciembre.

Se le contesta que no es un tema de pleno, sino una decisión que tendrá que tomar el equipo de gobierno, o incluso personalmente cada afectado.

Votos a la urgencia:

A favor:UxP (2), PSOE (1), IU (1).

En contra:Equipo de Gobierno (12).

Abstención:UPyD (1).

EL PSOE plantea otro punto urgente y solicita cambios en leyes de la CAM sobre los medicamentos. Tampoco es un tema de competencia del pleno.

Votos a la urgencia:

A favor:UxP (2), PSOE (1), IU (1).

En contra:Equipo de Gobierno (12).

Abstención:UPyD (1).

III. Ruegos y preguntas.

 

Ver video del pleno http://www.paracuellosdejarama.eu/